octubre 5, 2024 2:24 AM

¿Cómo me pagan el feriado del 25 de julio si laboro?

Con motivo de la conmemoración del 200º aniversario de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica, el próximo jueves 25 de julio será un feriado de pago obligatorio, según lo que establece el Código de Trabajo.

Al respecto, Marcela Marceth, abogada de BDS Asesores, recuerda que si algún trabajador labora ese jueves 25 de julio, el patrono deberá agregar otro salario sencillo para completar el pago doble.

“Para efectos de remuneración, los patronos que pagan el salario de forma semanal, en actividad no comercial, deberán pagar los días trabajados durante la semana y adicionar un salario sencillo por el día feriado. En las empresas en las que la modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, como ya en el pago se reconoce el salario de todos los días del mes, incluyendo feriados, no es necesario adicionar un pago adicional. No obstante, en ambos supuestos, si la persona trabajadora labora durante el día feriado, a lo indicado se deberá agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley”, explicó Marceth.

Añadió que si se laboran horas extra durante este feriado, éstas se deberán remunerar a tiempo y medio del valor del día, es decir, con lo que se conoce como un “pago triple”.

El Código de Trabajo señala que es absolutamente prohibido que los patronos ocupen a las personas trabajadoras durante los días feriados, salvo en los casos de excepción señalados en los artículos 150 y 151.

Debe tenerse en cuenta, además, que aquellas personas trabajadoras que no quieran laborar durante el feriado no pueden ser sancionadas. 

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